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Martes 07 de agosto de 2007
Fallo a favor de un empleado echado por enviar a su jefe un mail considerado irrespetuoso
Una empresa de medicina prepaga despidió a un trabajador por responder de forma "inapropiada" a un superior. Pero la Cámara laboral consideró que se trató de una medida "extremadamente rigurosa" y ahora la compañía deberá indemnizarlo con casi 20 mil pesos.
La Justicia ordenó a una empresa de medicina prepaga a indemnizar a un empleado que había despedido por enviar un mail "inapropiado e irrespetuoso" a un superior. Los jueces consideraron que la compañía tomó una medida "extremadamente rigurosa" y condenó a la empresa a pagarle casi 20 mil pesos.
Luis Alberto Blanco fue despedido en febrero de 2005 por "un despacho telegráfico en el cual se le atribuyó el haber agredido a su superior jerárquico mediante un e- mail , cuando ésta le efectuó un pedido de colaboración en el orden laboral por su falta de contracción al trabajo".
Blanco, habría respondido a ese mail de su superior con frases del tipo: "...no sé a qué te referís, seguramente estas haciendo lo que nunca hiciste, TRABAJAR... PD: Antes de enviarme un correo, contéstame lo que te envié...".
En su fallo, la Sala Séptima de la Cámara Laboral reconoció que "los términos utilizados denotan que el autor del envío se dirigió en forma inapropiada e irrespetuosa a su destinatario, mas aún si se trata, como en el caso, de un superior jerárquico de la firma".
Pero también advirtió que el tono del lenguaje "evidencia una relación no excesivamente formal o estricta sino que más bien denota cierta proximidad o confianza".
Sin embargo, los jueces concluyeron que la decisión del despido con causa y sin indemnización "resultó desproporcionada y excesiva, en particular porque frustró toda posibilidad de que el trabajador, una vez advertido seriamente de que la accionada no toleraría este tipo de inconductas, pudiera corregir su proceder inadecuado". Es por eso que estableció una indemnización de 19.490,64 pesos más intereses.
En ese contexto, los jueces observaron que si bien el empleado había sufrido "otros apercibimientos o llamados de atención, por haberse retirado del lugar de trabajo sin autorización o bien por llegadas tarde", esas conductas no fueron sancionadas con descuentos de "jornales de su salario" sino con "meros llamados de atención y advertencias".
"La decisión de despido por los motivos expuestos se torna extremadamente rigurosa, ello al no haberse respetado una escala sancionatoria, progresiva y acorde con los incumplimientos del dependiente", sostuvieron los camaristas.
Fuente: Clarin.com
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